Las diez multas “tontas” que puedes evitar

Más allá de superar los límites de velocidad o realizar maniobras prohibidas, existen otras conductas al volante que pueden acarrear multas y que son fácilmente evitables.

Entre las sanciones que ponen los agentes de la DGT, la de exceso de velocidad es la sanción estrella. Según los datos de la AEA, suponen casi el 50% del total de las denuncias. Y eso que la velocidad media ha disminuido en carreteras convencionales, donde más sanciones se ponen.

Pero, cuando uno lee detenidamente la ley, observa que hay otro tipo de multas. Muchas de ellas son por infracciones que cometemos a diario al volante, casi sin ser conscientes de que las realizamos… pero que están penadas por las leyes. La mayoría son sanciones leves, tanto que a veces ni los propios agentes realizan la denuncia, pero si se ponen quisquillosos pueden multarte por cosas como estas:

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1. Comer, beber o maquillarse mientras conduces

Prácticamente todos los conductores han comido o bebido mientras estaban al volante. No hace falta llegar al extremo de maquillarse o afeitarse conduciendo (que también se ve de vez en cuando… para que estas acciones sean considerado falta. Según el artículo 11, apartado 2 de la Ley de Seguridad Vial tiene el conductor de “mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Se consideran distracciones y se castigan con multa leve de hasta 100 euros, sin retirada de puntos. La Guardia Civil impone por estos motivos una sanción de 80 euros, que con el descuento se queda en 40. Pero cuidado, porque hay otras distracciones más graves, como utilizar auriculares o hablar por el móvil sin emplear el sistema manos libres, que se penalizan con 200 euros de multa y retirada de 3 puntos.

2. Circular con la matrícula sucia

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Si, por cualquier motivo llevas la matrícula sucia o desgastada, los agentes de tráfico puede considerar que impide su lectura (y posterior) identificación. Eso indica el apartado 4 del artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial y puedes ser multado con una sanción de 200 euros.

3. Tirar un cigarrillo por la ventanilla

Cada vez se ve menos, pero hace no demasiado tiempo era común ver a los fumadores arrojar la colilla encendida por la ventanilla del coche. Pues bien, este gesto de “arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación” está prohibido y sancionado con una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del permiso de conducir.

4. Dar ráfagas al vehículo de delante

El artículo 100 del Reglamento de Circulación prohíbe “el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas”. Eso incluye “avisar” al de delante de que queremos adelantarle y las clásicas indicaciones al resto de conductores de que los agentes de Tráfico acechan cerca. La multa es de 80 euros.

5. No encender las luces cuando se debe

No utilizar las luces correctamente puede acarrear sanciones de 200 euros. Un ejemplo: Si circulas por un carril reversible o por uno en sentido contrario al habitual (como en las operaciones de salida o retorno, o en zonas de obras) hay que encender las luces de cruce. Y los conductores de los carriles contiguos también deben hacerlo.

6. No llevar el permiso de conducir

Si un agente te pide el permiso de conducir y no lo llevas encima, podrá imponerte una multa de 10 euros. Por suerte, no suelen tramitar la multa, ya que la tecnología les permite saber que tienes carné de conducir vigente.

7. Permiso de conducir caducado

Una cosa es contar con permiso de conducir en regla pero no llevarlo físicamente encima y otra muy distinta circular con uno caducado. Eso acarrea una sanción de 200 euros.

8. Saltarse el semáforo en ámbar

Que levante la mano el que no lo haya hecho alguna vez. Rebasar un semáforo en ámbar es algo habitual en nuestras ciudade. A efectos de multa, supone lo mismo que saltárselo en rojo, 200 euros de sanción. Eso sí, no te quitarán puntos.

9. Tocar el claxon sin motivo

Utilizar señales acústicas sin motivo como pueda ser el claxon es calificado por el Reglamento de Circulación como sanción leve. Como tal está multado con 80 euros de multa.

10. No llevar triángulos de repuesto

El equipamiento que debemos llevar en el vehículo incluye triángulos, chaleco y rueda de repuesto, kit antipinchazos o sistema alternativo que garantice seguir circulando. Si ante una emergencia no utilizamos el chaleco o los triángulos, podemos ser sancionados con un multa de 200 euros.

Fuente: DGT desde coches.com