¿Sabías que por todo esto te podían multar?

La normativa de circulación es realmente extensa, pero es lógico cuando se hace necesario controlar y regular tantas variables. Pero hay cosas que, aunque se hacen muy a menudo, son totalmente punibles y es que según dice la norma, desconocer la ley no exime de cumplirla. Así que vamos a ver algunas cosas que a pesar de ser algo común, no son legales.

 

Además, muchas de las normas no afectan a la circulación, es decir, te pueden sancionar con el vehículo parado e incluso en medio de ninguna parte donde no afectes a nadie. Y apuntalas bien, porque seguramente alguna ya la estés incumpliendo.

 

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  • Llevar la matrícula sucia y/o en mal estado. Pues sí, una matrícula sucia es completamente sancionable, aunque debemos con algunas consideraciones. Sólo se considera falta si la matrícula es ilegible, acarreando una multa de nada menos que 200 euros. Esto se atribuye también a matrículas en mal estado, como aquellas que saltan algunas partes negras de los números, están dobladas y hasta las que tienen la banda azul de la izquierda borrada.

 

  • Brazos fuera de la ventanilla. ¿Cuántas veces has sacado el brazo por la ventanilla? ¿y cuántas veces puedes ver al cabo del día una acción similar? Pues bien, si la policia te multa, que no te extrañe, pues la normativa no lo permite y la multa es de 80 euros. No es muy elevada, pero seguro que tener los brazos dentro del habitáculo sale más barato.

 

  • Hacer mucho ruido con el coche. Todos hemos llevado la música alta en alguna ocasión y nos cruzamos con muchos conductores en la misma situación. También hemos sido testigos de automóviles con un escape especialmente sonoro y los pitidos en ciudad están a la orden del día. Todo, absolutamente todo, es punible y pueden llegar a multas de hasta 3.000 euros. Es más, podrían confiscar el vehículo en según qué circunstancias.

 

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  • Circular con el cartel de ‘se vende’. Una de las cosas más comunes, es encontrarse con un cartel en las ventanillas de un coche donde figura el más que famoso ‘se vende’. Una acción sancionable por uso indebido de la vía pública aunque según la localidad en la que se resida. No obstante, si es multable el circular con dicho cartel sea donde sea, pues según la normativa, resta visibilidad. ¿La cuantía de la multa? 200 euros.

 

  • Cambio de domicilio y no notificarlo. Siempre que nos mudemos de residencia, debemos remitir a las autoridades dicho cambio, con el objetivo de que puedan localizarte cuando sea necesario. La multa es de 80 euros.

 

  • Lavar el coche en la calle. Está totalmente prohibido lavar el coche en la calle, aunque sea la puerta de tu casa. Tampoco está permitido que acudas a un descampado o aparcamiento solitario. La sanción abarca desde los 30 hasta los 3.000 euros.

¿Sabías que poro todo este te podían multar? A partir de ahora no tienes excusas, aunque haya cosas que has hecho toda tu vida y nunca te han multado.